POR DRA. NOELIA GABRIELA CASTRO

POR DRA. NOELIA GABRIELA CASTRO. Delitos conexos a la trata de personas

El Juzgado Federal de Goya elevó a juicio la causa por la desaparición de Loan contra los siete detenidos que están acusados por la sustracción y ocultamiento del menor, en los términos del artículo 146 del Código Penal de la Nación del que nada se sabe desde el 13 de junio del año pasado.

La resolución, firmada por la jueza a cargo del Juzgado Federal de Goya, se produce tras una extensa investigación que incluyó la intervención del Ministerio Público Fiscal, la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (PROTEX) y la querella particular representada por los padres de Loan Peña. El expediente principal acumula más de 90 cuerpos y decenas de legajos conexos, y fue declarado listo para la etapa de debate oral.

El segundo negocio ilícito más redituable, después del narcotráfico, es la trata de personas, un niño puede venderse muchas más veces en el día que una droga.

La mitad de víctimas de tratas lo son por explotación sexual seguidas por víctimas sometidas a trabajos forzados, según el informe mundial sobre la Trata de Personas publicado por la Oficina de las Naciones Unidas contra la droga y el delito (UNODC).

Cuando hablamos de delitos conexos a la trata de personas nos referimos a aquellos casos en los que un individuo, a través de la explotación de otro, obtiene un beneficio.

Específicamente se refiere a la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos. -(Protocolo de Palermo 2003).-

La Ley 26.842 de Prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas modificada por la ley 26.364 entiende por trata de personas el ofrecimiento, la captación, el traslado, la recepción o acogida de personas con fines de explotación, ya sea dentro del territorio nacional, como desde o hacia otros países.-

El consentimiento dado por la víctima de la trata y explotación de personas no constituirá en ningún caso causal de eximición de responsabilidad penal, civil o administrativa de los autores, partícipes, cooperadores o instigadores.

La economía legal y el crimen organizado

El crimen organizado resulta un fenómeno altamente productivo, y cada vez más sofisticado, generando enormes beneficios económicos. Es así como importantes sectores de la economía legal han sido absorbidos por la delincuencia internacional, creando lo que algunos llaman las "multinacionales del crimen", ya que cuentan con un imponente potencial económico que acrecienta sus posibilidades desestabilizadoras.

El crimen organizado crece, se transforma continuamente, y se perfecciona, consolidando en todo el mundo, una modalidad empresarial delictiva que proyecta su dominación sobre el Estado y sociedad con un poder predador. El mismo penetra cada vez más los espacios de la economía legal, tanto en el sector público como privado.

Las actividades económicas legales proporcionan la base necesaria para que el crimen organizado pueda operar cómoda y eficazmente en un escenario internacional, que resulta funcional a su expansión.

Estas organizaciones implican la adquisición exponencial de bienes y capitales con una manifiesta visión empresarial. De esta forma, la mayor parte de las ganancias delictivas ingresan en el sistema financiero legal, medio necesario para rentabilizar las mismas.

Estas ganancias desorbitantes abren las vías del blanqueo del producto del delito. El blanqueo de capitales ha sido calificado como la matriz del crimen global. El lavado de activos o blanqueo de capitales son términos que se utilizan para referirse a las conductas que buscan incorporar al tráfico económico legal, los bienes o el dinero obtenido ilegalmente, dando apariencia de legalidad al producto del delito.

Las redes y/u organizaciones criminales detrás del delito de trata

Desde la teoría la trata es conceptualizada como una actividad de criminalidad organizada. Por ésta se entiende al "negocio económico protagonizado por grupos delictivos de varias personas que se organizan y funcionan en forma estructurada durante cierto tiempo, actuando concertadamente con el propósito de cometer uno o más delitos graves, para obtener, directa o indirectamente un beneficio económico u otro beneficio de orden material. -

Las redes que se observan, en aquellos casos judicializados, no indican un alto alcance territorial.

Podrían ser caracterizadas como redes no profesionalizadas, ciertamente poco estructuradas, sin una organización jerárquica, con poca diferenciación interna de roles, muchas veces de carácter familiar, y sin autonomía organizativa y operacional respecto del Estado, y en particular de las agencias policiales y fuerzas de seguridad, que protegen, favorecen, moldean y alientan la actividad. Estas características no dan cuenta de un grado significativo de complejidad organizativa. Lo que es distinto a sugerir que no existe organización. Una particularidad de este que genera, delito es la alta rentabilidad q consecuencia de que la actividad requiere de bajos niveles de inversión. Si bien se distinguen las diversas etapas; captación, traslado y explotación, no se observa la existencia de diferentes células con roles diferenciados articuladas entre sí. Más aún, en numerosos casos, los imputados aparecen cumpliendo más de un rol; por ejemplo, casos de explotadores que también han sido captadores, y muchas veces también transportistas. (a diferencia del narcotráfico).

Las víctimas de trata de personas, en la abrumadora mayoría de los casos, no pueden acceder a la justicia, ni contar con el patrocinio letrado ni constituirse en parte querellante ni actoras civiles. Deben estar atentas a las necesidades básicas de supervivencia, a la protección de su integridad y la de su familia, deben atravesar largos procesos de reflexión y recuperación. Sus tiempos no son reflejados por los tiempos procesales de la justicia.-

La dificultad de acceder a la justicia en casos de trata de personas radica en la vulnerabilidad de las víctimas, la falta de conocimiento de sus derechos, y la dificultad para demostrar la existencia de la explotación. Además, las víctimas pueden ser aisladas y controladas por sus explotadores, lo que dificulta su acceso a información y apoyo.


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