Las personas migrantes con dos años de residencia inmediata en el territorio provincial podrán elegir legisladores, concejales y consejeros escolares. El voto de extranjeros es obligatorio.
En la provincia de Buenos Aires más de un millón de personas migrantes están en condiciones y habilitados para ejercer el voto, lo que equivale al 6,75% del padrón total. La Junta electoral confirmó que habrá un total de 1.015.233 personas que no nacieron en nuestro país y que cumplen con los requisitos para elegir a las y los representantes provinciales y municipales.
Las colectividades más numerosas en la provincia son la de
Paraguay, Bolivia, Perú y Uruguay, seguidas por las de Chile y Venezuela.
Para poder ejercer su derecho al voto, las personas
migrantes deben estar inscriptas en el Padrón de Extranjeros, un registro dependiente
de la Junta Electoral de la Provincia. Además, la Justicia Electoral dispuso
2.401 mesas exclusivas para extranjeros distribuidas en los 135 distritos
bonaerenses.
Según la Ley Electoral de PBA, pueden votar los extranjeros
que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener DNI de
extranjero con domicilio en territorio bonaerense.
- Ser mayor de 18 años.
- Estar inscriptos en el Registro Especial de Electores
Extranjeros.
- Senadores y
senadoras provinciales: se eligen 7 titulares y 4 suplentes.
- Concejales
municipales: 6 integrantes del Concejo Deliberante de Rivadavia.
- Consejeros y
consejeras escolares: 2 miembros del Consejo Escolar del distrito.
Como primer paso, es importante saber cuál es el establecimiento y la mesa que le toca a
cada persona para votar. Para consultar el
lugar de votación, el gobierno bonaerense habilitó una página
web. Allí figura el padrón electoral que informa la escuela, junto
con la dirección donde está ubicada, y el número de mesa de votación.
El día de la votación,
hay que llevar el documento argentino vigente y actualizado, y presentarlo
a la autoridad de la mesa. Esa persona hará entrega de un sobre vacío y
firmado, y el DNI quedará en la Mesa mientras se ingresa al aula para votar.
En el cuarto oscuro habrá boletas de todos los partidos y
sus candidatos y candidatas. Una vez elegido, se ingresará la boleta en el
sobre y se tiene que cerrar. Al salir del cuarto oscuro, se deberá ingresar el
sobre cerrado en la urna. La autoridad de Mesa dará una constancia de emisión del
voto junto al DNI. Para finalizar, hay que firmar el padrón.
Si no figurás en el padrón, podés notificarlo enviando un
correo electrónico a la Junta Electoral o contactarte con la Defensoría del
Pueblo bonaerense, donde te brindarán asistencia para resolverlo.
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